El pasado jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que Antonio Tajani, antiguo presidente del Parlamento Europeo, actuó correctamente al no reconocer a los parlamentarios independentistas catalanes Carles Puigdemont y Toni Comín como miembros del Parlamento. Esta decisión se basa en el hecho de que, de acuerdo con la legislación española, el reconocimiento oficial de los eurodiputados electos requiere que estos viajen al parlamento nacional en Madrid para jurar lealtad a la constitución. Sin embargo, Puigdemont y Comín se negaron a realizar este juramento tras ser elegidos en las elecciones europeas de 2019. Alegaron temores a ser arrestados por su participación en el referéndum de independencia catalán de 2017, que resultó fallido.
Como consecuencia de su negativa, las autoridades españolas no incluyeron sus nombres en la lista oficial de parlamentarios electos enviada al Parlamento Europeo. Tajani, careciendo de la autoridad para modificar la lista oficial proporcionada por las autoridades españolas, decidió retener las credenciales de los catalanes, impidiendo así su acceso a los edificios del Parlamento. No fue hasta enero de 2020, con el sucesor de Tajani, David Sassoli, que los políticos consiguieron ser admitidos, después de que el máximo tribunal de la UE reafirmara la inmunidad de los eurodiputados electos y dictaminara que los países miembros no tenían derecho a prohibirles ocupar sus asientos.
A pesar de este precedente, la última decisión del tribunal ha causado sorpresa, dado que contradice la punzante opinión no vinculante del Abogado General Maciej Szpunar, quien a principios de año había sostenido que Tajani infringió la legislación de la UE al ignorar los resultados electorales y someterse a las autoridades españolas. La sentencia de esta semana plantea nuevas interrogantes sobre si Toni Comín podrá ocupar su asiento, tras haber sido reelegido en las elecciones de junio pasado. Comín, fiel a su postura, nuevamente declinó trasladarse a Madrid para prestar la juramentación requerida, resultando en que las autoridades españolas omitieran su nombre de la lista oficial remitida al Parlamento. Ante esto, la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, optó por no reconocer inicialmente a Comín como eurodiputado y esperar el fallo del tribunal.
El portavoz de la presidenta Metsola indicó que el Parlamento ha tomado nota de la sentencia y ha instruido a sus servicios jurídicos para examinar “en profundidad” las implicaciones del fallo. Esta saga legal subraya las complejas interacciones entre el mandato electoral y los requerimientos legislativos nacionales, un rompecabezas cuya resolución sigue esperando una interpretación que equilibre las leyes nacionales con el ideal europeo de representación democrática libre de trabas administrativas.